La necesidad de llevar a
cabo una Inspección Técnica del Edificio es una
obligación legal
impuesta sobre los propietarios de los edificios del municipio de
Madrid, que viene reflejada en la Ordenanza Municipal sobre
Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de
las
Edificaciones.
Según el Capitulo 4º, Artículo 31 de dicha Ordenanza:
"La Inspección Técnica de Edificios se llevará a cabo por técnicos competentes o por entidades de inspección técnica homologadas y registradas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa autonomica y estatal aplicable"
La Inspección Técnica se realiza sobre:
- Estado general de cimentación y estructura
- Estado general de fachadas exteriores y medianeras
- Estado general de red de saneamiento y fontaneria
- Estado general de conservación de cubierta


